Sí, Pero No para familia y matrimonio en la Comunidad LGBTIQA+.

Gioer, gay, actor y bailarin, en su hogar de Las Acacias, Caracas, con su madre Giovanna y su abuela María Tindara. Una larga vida compartida en familia. 

    La familia tradicional, el matrimonio y las uniones de hecho con sus rígidos esquemas heteropatriarcales son las instituciones más afectadas por la violencia que vive secularmente la comunidad LGBTIQA+ en Venezuela. Se trata de unas instituciones anquilosadas que imponen una monolítica forma de familia, de uniones o matrimonios, con leyes y normas que excluyen y discriminan a sectores de la sociedad negando derechos fundamentales como la igualdad, principio y garantía de los derechos humanos. 

    En la Venezuela de hoy, la familia y el matrimonio continúan anclados a una orientación sexual dominante: la heterosexual. La familia como “célula fundamental de la sociedad” está plagada de inequidades y desigualdades de género, violencia, creencias, religiones prejuiciosas e intereses de un sistema de explotación económico con rígidos esquemas de renta masculina heterosexual. La familia y el matrimonio son instituciones que promueven privilegios para unos en detrimento de otros. Hoy nuestro planeta podríamos segmentarlo entre países que reconocen la diversidad de estas instituciones en función del desarrollo y los derechos humanos, y aquellos que continúan sumados en la barbarie de la exclusión, inequidades y desigualdades, donde la crueldad, la negación y la persecución son la norma para extensos grupos humanos, a quienes no se les reconoce su ser, su amor y sus libertades fundamentales. Lamentablemente, Venezuela pertenece a este deshonroso segundo grupo.

José Gregorio, Fidel y su mascota Brandon Stark, pareja gay en convivencia por 36 años, en su hogar de Chacao, Caracas. Además, comparten su emprendimiento de servicios de mantenimiento y remodelación de inmuebles.

    Seguimos sumidos en la indiferencia y el desprecio colectivo, porque se cree que lo que nos violenta no afecta intereses colectivos o no puede ser objeto de política pública. En 2022 la diputada Maribel Castillo y el diputado Franklin Duarte, representantes del pueblo en la Asamblea Nacional de Venezuela, evidenciaron cómo actúan los políticos venezolanos en representación de los intereses de la comunidad que los vota.  Sus declaraciones (Globovisión 2023) demostraron una gran ignorancia y una actitud contraria a los derechos humanos y en especial hacia la comunidad LGBTIQA+: calificaron las acciones de incidencia en pro de la diversidad de familias y matrimonio igualitario como "una moda" y "un negocio",  expresaron su rechazo frontal al cumplimiento de los principios y garantías constitucionales de igualdad, antelando su religión y sugirieron que las personas de la comunidad LGBTIQA+ deben hacer su vida en privado, ya que son una minoría y por tanto no pueden aspirar a derechos que no están, a su entender, contemplados en nuestra constitución, en el Código Civil, ni en las leyes.

Jenny Velásquez, madre de Michael Castillo (Trans masculino) cuenta que desde el emabarazo de su hijo, paseaba por el Parque Miranda. Hoy la rutina continúa acompañada de Michael. 

    Todas estas declaraciones se dan, hasta el día de hoy, en un clima de políticas públicas contradictorias, ambiguas, sin presupuesto conocido; fallidos programas públicos en los que se desconoce su gestión o no rinden cuentas; leyes meramente declarativas que generan impunidad estructural; y jurisprudencia sin ejecución, sin soluciones reales a los asuntos planteados por la ciudadanía de la comunidad LGBTIQA+. 

    El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha emitido dos sentencias que se pronuncian sobre el matrimonio, las uniones y la familia, ante solicitudes de amparo de la comunidad LGBTIQA+ en el contexto de la igualdad (2008) y sobre la doble filiación materna en casos de familias homoparentales (2016). Al día de hoy, no se han producido cambios sustanciales ni colectivos en los contextos legislativos y de derechos para el reconocimiento de las familias homoparentales.
   
Kall y Tristan (trans masculinos), viven en pareja desde hace 2 años en su casa de La Florida, Caracas. En la fotografía Jacinto Key  (derecha, padre de Tristan y suegro de Kall). Acompañados de su mascota Beyoncé.

    En cuanto a matrimonio igualitario y no discriminación, en 2008 la Sala Constitucional, 5 años después de haber sido introducida la petición de amparo (7/10/2003), dictó la sentencia en el caso de Unión Afirmativa de Venezuela, que solicitó la interpretación del artículo 21 de la Constitución, el cual garantiza la igualdad como inclusiva de la orientación sexual en las causales de no discriminación. Asimismo, pidió una definición de su ámbito de aplicación, especialmente en el reconocimiento jurídico de las relaciones de pareja del mismo sexo y sus consecuentes efectos patrimoniales. Sin embargo, después de un retardo considerable dictó la decisión conocida como “sí, pero no”, que remitió la regulación del tema al ámbito legislativo. Hoy, en el año 2026,  ni el matrimonio ni las uniones de hecho  son reconocidas en Venezuela. 

    Recientemente, primer semestre de 2026, activistas de la comunidad LGBTIQA+ han participado en varias mesas de trabajo para evaluar conjuntamente con el TSJ su doctrina en materia LGBTIQA+ que se ha caracterizado por ser errática en cuanto al matrimonio homoparental y de efectos específicos a la comaternidad de una pareja peticionaria. Se advierten dificultades alegando que el constituyente quiso tutelar el hecho biológico de la procreación. Doctrina que esta redacción ve como una herramienta interna de precedentes sin que ello hasta la presente fecha se haya traducido en soluciones concretas con intereses colectivos o difusos para todes, confirmando que la justicia debe darse a la ciudadanía en condiciones de igualdad, dignidad y libertad. Asegurándose de que el Estado prevenga, investigue, sancione y repare cualquier violación de los derechos humanos, para la paz y la convivencia. Véase un fragmento que sostiene la tesis del “sí, pero no” de la comentada sentencia 190: 

La Sala quiere destacar que la norma constitucional no prohíbe ni condena las uniones de hecho entre personas del mismo sexo, que encuentran cobertura constitucional en el derecho fundamental al libre desenvolvimiento de la personalidad; simplemente no les otorga protección reforzada, lo cual no constituye un acto discriminatorio en razón de la orientación sexual de la persona, como se explicó. Así, es pertinente poner de relieve que la Constitución no niega ningún derecho a la unión de personas de igual sexo; cosa distinta es, se insiste, que no les garantice ninguna protección especial o extra que haya de vincular al legislador, como tampoco lo hace respecto de uniones de hecho entre heterosexuales que no sean equiparables al matrimonio –el cual sí se define como unión entre hombre y mujer- De hecho, el disfrute de los derechos sociales y, especialmente, de los económicos, es perfectamente posible en el caso de uniones entre personas del mismo sexo, no a través de la comunidad concubinaria, la cual no se generaría porque aquéllas no cumplen con los requisitos para ello, pero sí a través de una comunidad ordinaria de bienes, en los términos en que la legislación civil lo permite, siempre que no haya fraude a la ley y dentro de los límites que impone el orden público (por ejemplo, que no se burle con la comunidad ordinaria entre una persona casada y otra distinta de su cónyuge, la comunidad de gananciales entre esposos). Lo mismo sucede con otras uniones de hecho que no alcanzan los requisitos legales para que sean consideradas concubinatos como -en el ejemplo que ya se mencionó-, en el supuesto de uniones de hecho en las que uno de los conformantes de la pareja esté casado –uniones de hecho “adulterinas”-, caso en el cual esa unión se ve impedida de ser calificada como una relación concubinaria y, por tanto, no es equiparable al matrimonio

Desobediencia civil pacífica y cotidiana 

Edgar y Franklin (gais), unidos desde hace 6 años, celebrando un cumpleaños en familia. Acompañan Miranda y Martina (sobrinas nietas), Vero y Valen (sobrinas), Efrain (sobrino) Nena (hemana) y Tito (cuñado)

Franklin y Edgar (gais)  reunidos en familia para un almuerzo dominguero.  Acompañan Silvia (suegra de Edgar y mamá de Franklin), Yamir (cuñada), Jairelis (sobrina) y Alejandro (sobrino nieto)

    Así las cosas, la comunidad LGBTIQA+ en Venezuela ha tenido que buscar soluciones de hecho y alternativas para formar parejas y vivir en familia. Todo ello en medio de debates públicos generadores de odio por parte de iglesias y funcionarios públicos de turno, sumadas las incertidumbres de una jurisprudencia ambigua, leyes declarativas y mecanismos de protección social y legal que hacen poco o nada por reivindicaciones colectivas. El desafío es seguir adelante, aventajados por los cambios generacionales que empujan el reconocimiento de hecho a la pareja y familias basados en el amor, dignidad y respeto. A este respecto, colaboran familias venezolanas que rompiendo los marcos tradicionales de opresión se conforman en resistencia para erradicar las desigualdades e inequidades que afectan a sus seres queridos en su seno y en su comunidad. Además de los miembros de la comunidad LGBTIQA+ que se entienden, sienten y conforman como parejas y familia para fortalecer vínculos afectivos y productivos, aunque el derecho aún no les alcance efectivamente. 



Percepciones y opiniones de la comunidad LGBTIQA+  

Samantha (trans femenina) y Pebbles (no binaria y pansexual), en pareja desde hace 1 año. Sueñan con un hogar propio, donde puedan cocinar juntas. Ambas son estudiantes de Letras y escritoras LGBTIQA+.

    Para conocer las opiniones y percepciones de la comunidad LGBTIQA+ en cuanto a familia y matrimonio igualitario, hemos realizado una encuesta a través de un formulario distribuido en línea y con alcance nacional gracias al apoyo brindado por la comunidad LGBTIQA+ y sus organizaciones, acción que nos muestra las potencialidades que existen en nuestra comunidad para continuar abogando por derechos, dignidad y respeto.

    Obtuvimos 317 respuestas  de personas que residen en diversos estados del país, destacando los porcentajes de Caracas (50,5%), Miranda (22.7%), Zulia (6.9%), Carabobo (3.5%), Aragua (3.5%), La Guaira (3.2%) y Mérida (2.5%) lo que acumula el 92.8% de respuestas nacionales. Vale la pena destacar que con estos datos de localización geográfica podemos inferir que existe una preocupación extendida en ámbito nacional sobre los temas consultados.

    En cuanto al sector de la comunidad al que pertenece o siente su pertenencia, el mayor porcentaje de respuestas son: gay (47.6%), seguido de bisexual (21.8%), queer (15.1%), lesbiana (13.6&), transmasculino (11%)y transfemenino (6.3%). Estos resultados revelan que estamos aquí, existimos, somos personas, somos ciudadanos con nuestra diversidad y preferencias. No somos moda, ni un negocio. 

Logan y Cristhian, trans masculinos, en pareja desde hace 6 años. Asociados en el negocio de la ropa queer allternativa. Viven con familiares en Baruta, Caracas. 

   En relación con la edad de los participantes encontramos que una mayoría se encuentra en el grupo etario que va de 18 a 45 años (68.7%), lo que puede interpretarse en dos vertientes: una crisis de desprotección para una población en su etapa de mayor productividad económica y reproductiva; y que comprende esa generación que inexorablemente incidirá en el cambio de paradigmas en cuanto a familia y matrimonio igualitario o uniones de hecho. 

    En relación a la situación familiar, ¿con quién vives actualmente? Las respuestas confirman que la mayoría (45,1%) aún vive con sus padres, hermanos o familia de origen, lo que es muy común en la familia venezolana, dadas las dificultades de contratación, costo de la vivienda alquilada o propia y con muchas desventajas para la independencia de vivir solo o en pareja, sobre todo para las y los jóvenes. Desde una mirada optimista, también este dato puede revelar una oportunidad de conformar estrategias, desde la comunidad, para un abordaje familiar y grupal orientado a reducir los conflictos en las familias, ante la circunstancia de seres queridos de la comunidad LGBTIQA+ en su seno.


En cuanto a los desafíos y vacíos legales que enfrentan las uniones y familias homoparentales, el 80.8% de las respuestas señalan la discriminación institucional, con efectos excluyentes en el acceso a los servicios de salud, educación, seguros privados, protección social y visita íntima. El 75.1 % considera los derechos sucesorales y patrimoniales.  El 72.2% se refiere a la comaternidad y copaternidad, donde el 63.4% refiere a trabas para adopción y reproducción asistida. Como podemos inferir estamos ante asuntos capitales, que son derechos, en la vida de las personas, que fortalecen las uniones y la familia en su diversidad y tienen efectos positivos en la calidad de vida de la población en general. Derechos que en la actualidad se dan con criterio de privilegio a la familia tradicional lo que constituye una flagrante violación a la norma constitucional que garantiza la no discriminación.

Grupo de madres y padre participantes en la consulta sobre Lineamientos en la prestación de servicios de salud a la comunidad LGBTIQA+ (ACCSI- Embajada de Francia) en la sede de TransAfab (2025). De izquierda a derecha: Claudia Rodriguez Gilly, Jenny Velásquez, Jacinto Key y María Olortegui.

En cuanto a las opiniones de la comunidad LGBTIQA+ referidas a la prioridad del tema familia y matrimonio igualitario, las mismas  sobrepasan el 94% de las personas consultadas, dato revelador que demuestra las aspiraciones de un colectivo que no solo se centra en la orientación, identidad o expresión de género per se, sino que ve en estas instituciones sociales estabilidad para ejercer esos derechos individuales.  

Los prejuicios, la influencia negativa de credos y religiones, la ignorancia y la desidia de los poderes públicos nacionales, de acuerdo al grupo de personas que respondieron se constituyen en las principales barreras para la exclusión. Nótese que dichas barreras son producto de una ausencia sistemática de programas públicos y privados de concienciación que promuevan la igualdad, la no discriminación y la inclusión social para una sociedad que valore el respeto, la dignidad y la libertad de todos, todas y todes. 

Finalmente, en cuanto a las causas de por qué el matrimonio igualitario no es una realidad en Venezuela, el grupo encuestado indica igualmente: desidia de los poderes públicos (61.5%), influencia negativa de credos y religiones (62.8%), prejuicios (61,8%) y no aplicación de la jurisprudencia y leyes (51.4%), entre otros, lo que definitivamente nos lleva a la conclusión de que los tomadores de decisiones continúan anclados en anquilosados y retardatarios esquemas de sociedad, que no les permite comprender y entender la vida en el marco progresivo e interdependiente de los derechos humanos.  

Definitivamente por el Sí sin el No

Edgar y Franklin (gais) en pareja desde hace 6 años. En su hogar de El Marqués, Caracas, comparten cotidianeidad, placeres y trabajo. Son miembros activos de la comunidad LGBTIQA+.

Como ha podido verse, en Venezuela vivimos una realidad de "sí pero no", donde la sociedad civil y los entornos comunitarios LGBTIQA+ han encontrado formas de convivencia y uniones de parejas LGBTI, mientras que el Estado mantiene un bloqueo institucional que niega el matrimonio igualitario y la familia a grupos vulenrables y excluidos. Un limbo legal, donde la población sexo diversa -concentrada en sus años de mayor vitalidad y productividad- ha decidido no esperar por el reconocimiento oficial, asumiendo la formación de familias  como un valiente acto de resistencia cotidiana, mientras mantiene la esperanza del desmoronamiento del No. 



Fuentes: 


Programa Primera Página Globovisión: https://www.youtube.com/watch?v=rb-zzou9GTA

Programa Primera Página Globovisión: https://www.youtube.com/watch?v=0LrhFkToUx4

Acceso a la Justicia (Observatorio de Derecho y Justicia). Reconocimiento de los derechos de hijos de parejas del mismo sexo.
https://accesoalajusticia.org/reconocimiento-de-los-derechos-de-hijos-de-parejas-del-mismo-sexo/

Red Historia Venezuela. TSJ Decisión contra la Discriminación 2008
https://archivo.redhistoriave.org/pieza/tsj-decision-contra-la-discriminacion-2008.

Créditos


Coordinación: Franklin García y Edgar Carrasco.
Texto: Edgar Carrasco.
Video y fotografía: Franklin García.
Edición y corrección de texto: Belkis Lugo.
Edición de video: Edgar Carrasco.
Preparación de encuesta: Alberto Nieves y Edgar Carrasco.

Agradecimiento especial a todes, todas, todos y sus organizaciones de nuestra comunidad LGBTIQA, que apoyaron en la difusión y llenado de la encuesta sobre familia y matrimonio igualitario en Venezuela. 


Comentarios

  1. Qué lindo y removedor salió el artículo, demasiados sentimientos encontrados para este día del padre. Pebbles

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  2. Excelente artículo muy bien detallado explicativo de la situación del colectivo lgtb y las descripciones Qué haces son muy certeras. Felicidades- Gigi Sevilla

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  3. Que bellezura de artículos, historias de vida, referentes ,que tan necesarios son. Gracias Edgar y Franklyn. Siempre excelentes!

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